{"id":73,"date":"2019-02-09T10:53:05","date_gmt":"2019-02-09T16:53:05","guid":{"rendered":"https:\/\/peritoengrafoscopiaenmerida.wordpress.com\/?p=73"},"modified":"2019-02-09T10:53:05","modified_gmt":"2019-02-09T16:53:05","slug":"la-prueba-pericial-en-el-proyecto-de-reforma-a-la-lft-2a-parte","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/aguilarlopeserviciospericiales.com\/index.php\/2019\/02\/09\/la-prueba-pericial-en-el-proyecto-de-reforma-a-la-lft-2a-parte\/","title":{"rendered":"La prueba pericial en el proyecto de reforma a la LFT. 2a Parte."},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/peritoengrafoscopiaenmerida.wordpress.com\/wp-content\/uploads\/2019\/02\/1.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-88\" width=\"529\" height=\"296\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Continuando con el an\u00e1lisis sobre el reciente proyecto de Reforma a la Ley Federal de Trabajo, insertar\u00e9 a literalidad el contenido de ese cuerpo normativo, empezando con la exposici\u00f3n de motivos donde se justifica e incorpora el nuevo esquema: <\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/peritoengrafoscopiaenmerida.wordpress.com\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/screenshot_6.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-62\" width=\"616\" height=\"581\" \/><figcaption>Exposici\u00f3n de motivos<\/figcaption><\/figure>\n\n\n\n<p>\n\nAhora el articulado relativo a la prueba pericial contemplado en el proyecto:\n\n<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-gallery columns-3 is-cropped wp-block-gallery-1 is-layout-flex wp-block-gallery-is-layout-flex\"><li class=\"blocks-gallery-item\"><figure><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/peritoengrafoscopiaenmerida.wordpress.com\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/screenshot_7-1.png\" alt=\"\" data-id=\"64\" class=\"wp-image-64\" \/><\/figure><\/li><li class=\"blocks-gallery-item\"><figure><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/peritoengrafoscopiaenmerida.wordpress.com\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/screenshot_8.png\" alt=\"\" data-id=\"65\" class=\"wp-image-65\" \/><\/figure><\/li><li class=\"blocks-gallery-item\"><figure><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/peritoengrafoscopiaenmerida.wordpress.com\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/screenshot_9.png\" alt=\"\" data-id=\"66\" class=\"wp-image-66\" \/><\/figure><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Por extensi\u00f3n, comenzar\u00e9 con las aportaciones positivas que resultan ser las menos, sin restarle la trascendencia a las mismas. En principio resalta a la vista como un ejemplo de madurez en materia de derecho probatorio, la incorporaci\u00f3n de la figura de asesor t\u00e9cnico activo, muy similar a la existente ( y creo que hasta el momento la \u00fanica activa) en materia penal. No es necesario abundar mucho en ello, pero esencialmente, el articulo 824 de dicho proyecto contempla que las partes, se puedan hacer acompa\u00f1ar de un experto, quien pueda servir como asesor inmediato, para que una vez que el perito nombrado por el tribunal emita de manera oral su dictamen, puedan los expertos de cada parte analizar la veracidad, pertinencia e idoneidad de los criterios y m\u00e9todos aplicados por el perito expositor, y con todo conocimiento de causa puede inducirle a la parte que asesora las preguntas tendientes a destruir el alcance probatorio del dictamen rendido. Es un gran avance que permite a las partes no quedarse en indefensi\u00f3n f\u00e1ctica como lo estaban con el sistema actual. Hoy en d\u00eda si bien las partes tienen el derecho procesal de hacer preguntas en la audiencia donde se presente el dictamen, tambi\u00e9n es cierto que resulta absurdo que el legislador haya previsto que un litigante promedio tenga tal grado de conocimiento t\u00e9cnico como para estar en condiciones de razonar el dictamen pericial de forma y fondo en el mismo acto y de inmediato poder hacer preguntas tendientes a atacar la eficacia del mismo, cuando obviamente las partes no son peritos en las materias, y la ley no contemplaba ni siquiera tiempo prudente para poder realizar una investigaciones o consultar biograf\u00eda para poder hacer manifestaciones con la intenci\u00f3n de demostrar que el dictamen rendido es falso, impreciso, incongruente, falaz o cualquier otro calificativo que permita denostar que el dictamen no cumple con los elementos suficientes para poder acreditar que la conclusi\u00f3n a la que alleg\u00f3 el perito, tiene alg\u00fan respaldo en la ciencia o arte en la que versa la prueba. Siempre he sostenido que un mal dictamen mal combatido puede dar inducir al error al juzgador en la sentencia y un muy buen dictamen bien atacado puede perder eficacia para ser abordado como fundamento para una sentencia en ese sentido. Las partes deben fungir un papel activo en la valoraci\u00f3n de las pruebas periciales, y el hecho de poder ser asistidos de manera personal e inmediata en juicio, no solo da m\u00e1s certeza a los dict\u00e1menes periciales, si no que inhibe la pr\u00e1ctica comercial de pseudo expertos que no tienen ni el m\u00e1s m\u00ednimo conocimiento, que venden dict\u00e1menes confeccionados con textos googleados o bajo descripciones profanas que tanto da\u00f1an a la justa impartici\u00f3n de justicia y que han prostituido el ejercicio de esta profesi\u00f3n en detrimento de los verdaderos expertos. Aunque a los \u00abcolegas\u00bb me reclamen que yo lo diga a los cuatro vientos, es sabido en el gremio que \u00abel papel aguanta todo\u00bb y a sabiendas de que las partes no saben del tema, insertan informaci\u00f3n inventada y escandalosa para persuadir al juzgador y colaborar con la teor\u00eda del caso de su oferente. La incorporaci\u00f3n de la oportunidad de tener un asesor t\u00e9cnico permitir\u00e1 juzgar el dictamen y descartar de manera evidente aquellos que no cumplan con los c\u00e1nones de las ciencias. Lo curioso es, que al final del 824 se contempla que la parte trabajadora puede solicitarle a la procuradur\u00eda o a la defensor\u00eda que le asigne un asesor, lo bueno ser\u00e1 ver, de donde va a sacar peritos gratuitos aquellas instituciones para asign\u00e1rselos como marca la ley, \u00bfDe las Fiscal\u00edas, de la PGR? si hoy en d\u00eda tardan meses para acudir a una diligencia como peritos, ya me imagino estar difiriendo la audiencia mil veces por que el asesor no compareci\u00f3.  En s\u00edntesis, la figura del asesor t\u00e9cnico puede ser la medicina que cure el c\u00e1ncer del mercantil\u00edsmo pericial y que inhiba las teor\u00edas artificiales maquinadas en colusi\u00f3n de los \u00f3rganos de prueba, pero ya dedicaremos un post espec\u00edfico al estado de la industria pericial en la regi\u00f3n.<br>El 824 bis, aterriza la idea del uso de las TIC para el desahogo de la prueba pericial cuando el perito no se encuentre en la regi\u00f3n donde se desahogue la prueba. La LFT actual contempla el uso de video-llamada y otras tecnolog\u00edas, pero en la pr\u00e1ctica est\u00e1 en desuso por que las juntas son incapaces de garantizar la fidelidad y certidumbre de la prueba bajo esas condiciones. En la reforma se contempla que el perito se pueda presentar ante un juzgado distinto por exhorto y usar las TICs para intervenir en un juicio en otra demarcaci\u00f3n a distancia. Esperemos que se pueda aplicar eficazmente, porque en lo personal, se me ha dado la oportunidad de desempe\u00f1arme como perito en distintos estados enel Sureste de la Rep\u00fablica, y se vuelve un problema innecesario ser citado a distintas horas en locales distintos en el mismo d\u00eda, pero por los tiempos de traslado resulta materialmente imposible comparecer en dos lados al mismo tiempo, ya que recordemos que la actividad pericial es personal\u00edsima. Esperemos que con madurez se pueda aplicar en beneficio de las partes y de la impartici\u00f3n de justicia.<\/p>\n\n\n\n<p>Creo que son \u00abtodas\u00bb las bondades que aporta este proyecto en lo respectivo a la prueba pericial. En la siguiente entrega, hablaremos un poco sobre los aspectos negativos de esta propuesta. <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Continuando con el an\u00e1lisis sobre el reciente proyecto de Reforma a la Ley Federal de Trabajo, insertar\u00e9 a literalidad el contenido de ese cuerpo normativo, empezando con la exposici\u00f3n de motivos donde se justifica e incorpora el nuevo esquema: Ahora el articulado relativo a la prueba pericial contemplado en el proyecto: Por extensi\u00f3n, comenzar\u00e9 con [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":88,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[4,5],"tags":[6,25,32,34,48],"class_list":["post-73","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-laboral","category-sin-categoria","tag-abogado","tag-lft","tag-pericial","tag-perito","tag-trabajo"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/aguilarlopeserviciospericiales.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/73","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/aguilarlopeserviciospericiales.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/aguilarlopeserviciospericiales.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/aguilarlopeserviciospericiales.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/aguilarlopeserviciospericiales.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=73"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/aguilarlopeserviciospericiales.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/73\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/aguilarlopeserviciospericiales.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/menu-items\/88"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/aguilarlopeserviciospericiales.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=73"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/aguilarlopeserviciospericiales.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=73"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/aguilarlopeserviciospericiales.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=73"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}