¿Qué le voy a preguntar si no soy perito? es el pensamiento más recurrente, que inhibe defenderse de la declaración de un testigo experto en los procedimientos orales. Si bien es cierto que tu no eres entendido en la materia que se expone, recuerda que el Tribunal de Enjuiciamiento tampoco, así que hay mucho por hacer. Ejercitar eficazmente el derecho de contradicción puede ser definir la libertad de tu cliente. En este post te comparto algunos consejos desde mi óptica como perito particular en activo:

1- Piensa como si tu estuvieras en el lugar del perito…

Aquí en entre nos, siempre da nervios estar sentado y declarar, por más experimentado que sea. Es obvio, en el caso de los particulares, quedar en ridículo con el cliente que nos contrata y que está presente, o las mismas consecuencias administrativas o penales inherentes a nuestra intervención, ponen en nuestros hombros un peso inusual que puede hacer que digamos cosas que no tienen sentido, o inclusive contrarias a lo que consignamos en el informe que obra en la carpeta de investigación. Presta atención a detalle sobre lo que dice el perito, y en caso de contradicción, y ataca en el contra-interrogatorio.

2 – Aprovecha las deficiencias del perito de la contraparte

Averigua sobre las credenciales del perito declarante. Por ejemplo, haber estudiado por un muy breve tiempo o no tener actualizaciones recientes sobre la materia en la que opina, es algo que resaltar en audiencia. Hemos detectado peritos en grafoscopía que se acreditan como documentos expedidos hace 4 décadas, y por tanto, es importante hacer notar, que la práctica que ejerce puede estar obsoleta, y que de haber estado actualizado con técnicas y bases de vanguardia, tal vez hubiera llegado a un resultado distinto (abrir la duda razonable).

Al respecto, puedes ver nuestro artículo Estándar de Admisibilidad del Perito vs Idoneidad Valorativa.

3 – Exigir un lenguaje entendible, sin abuso de tecnicismos.

-«El documento fue elaborado en papel bond…»

Declara el perito en grafoscopía en audiencia de juicio

-“Podría explicar con claridad, ¿Por qué se le llama papel bond y cuales son sus características?”

Contra- pregunta el litigante en su turno…

-«Porque así decidieron ponerle los fabricantes del papel, y las características del papel no fueron materia de mi dictamen….»

Contestó el perito, a pesar de haber dicho en su informe el tipo de papel…

No es Jeopardy, ni un concurso de memoria. Sin embargo, muchos peritos no están acostumbrados a desentrañar la materia que ejercen, y simplemente, repiten sin comprender a fondo lo que declaran. El ejemplo anterior es de un caso real, donde dejamos en claro que el perito no comprendía lo que estaba consignando en su dictamen, y que así como no puede contestar sobre como determinó que el papel era tipo bond, era probable que el resto del dictamen también escapara de su entendimiento. Además, es importante que el perito aporte de manera clara, ilustrativa y orientativa su declaración, ya que el tribunal no puede apoyar una resolución sobre cuestiones que no entendió, pues eso sería deferir por el experto. En consecuencia, un peritaje debe dar luz al juzgador sobre las cuestiones que los juzgadores desconocen, no solo procesar información internamente y externar una decisión pericial.

Te puede interesar nuestro artículo ¿Libre valoración de la prueba pericial? Aspectos objetivos que debe cumplir la valoración de la prueba pericial.

4 – Investigue sobre la validez de las bases sobre las que apoya el perito su conclusión.

Me gusta proponer las opiniones periciales como cuasi actos de autoridad, porque para alcanzar credibilidad probatoria la conclusión debe estar fundada (en bases técnicas) y motivada (estudios particulares al caso concreto) y debe constar ambas cosas en su informe, y revivida en su narrativa. Ahora bien, verifica si las bases en las que se apoyó el perito para determinar su conclusión, no han sido superadas y contradecidas por estudios recientes. Para ello, desde luego, puedes hacer tu investigación propia, pero te sugiero que te auxilies de un asesor técnico (que sea experto en la materia) para que te oriente. Te sorprenderías cuantos dictámenes se fundan en principios de la grafometría, que es un método superado hace décadas por consenso bibliográfico de todos los autores de la grafoscopía. Bastará que en contrainterrogatorio le contrastes al perito la bibliografía que desmerita el método que usó, bajo las técnicas contempladas en el Código Nacional de Procedimientos Penales. Como éste muchos ejemplos sobre el uso incorrecto de principios básicos de la criminalística.

Visita nuestro artículo Prueba Pericial en Grafoscopía, Grafometría, Caligrafía o Grafología, ¿Cual necesito? para que conozcas un poco de términos relacionados con la criminaslística documental.

5 – Prepararnos para el interrogatorio de nuestro perito.

Desde luego tienes que vigilar que los consejos anteriores no se apliquen a tu perito. El coordinarse con el experto es sumamente importante; una reunión con el perito es conveniente, hacerle saber cuáles son las preguntas que realizaras en juicio y hacerle recomendaciones sobre usar un lenguaje claro, sencillo, y explicativo, es un buen punto a favor de tu proceso. Explicale que “el juzgador es una persona común y corriente, háblale y explícale de forma sencilla para que no se aburra con palabras que no entiende”, y de ser posible practica el interrogatorio en privado. Conforme a sus respuestas, observar probables cuestionamientos en contra interrogatorio, para afianzar la confianza del perito y que este se avoque a su trabajo pericial.

Además, anticipa los puntos débiles. Por ejemplo si es la primera vez que tu perito comparece en un juicio oral, pregúntaselo tu primero en tu interrogatorio, y en la siguiente cuestión que hable elogiosamente de su preparación académica en el tema, y que se note el dominio en la ciencia en la que se requiere su opinión. No esperes a que tu contraparte saque de contexto esas deficiencias.

6 – Cuida a tu perito

Una experiencia personal que aplico en la práctica,  es saber cuándo pedir un receso técnico, tomar un respiro y poder estirar las piernas para seguir con el interrogatorio; esto es una técnica válida, siempre y cuando se haga solo una vez. El perito debe considerar que es un recurso para despejar su mente y debe ser utilizado únicamente si comienza a tener indicios de nerviosismo, incomodidad o necesita acomodar sus ideas para seguir con el interrogatorio, tomando en consideración que en ocasiones puede pasar algunas horas sentado.

No olvides protegerlo de preguntas prohibidas por el artículo 373 del Código Nacional de Procedimientos Penales, pues el solo no podrá negarse a responder aunque la pregunta sea ilegal si tu no la objetaste.

Artículo 373. Reglas para formular preguntas en juicio

Toda pregunta deberá formularse de manera oral y versará sobre un hecho específico. En ningún
caso se permitirán preguntas ambiguas o poco claras, conclusivas, impertinentes o irrelevantes argumentativas, que tiendan a ofender al testigo o peritos o que pretendan coaccionarlos.

Las preguntas sugestivas sólo se permitirán a la contraparte de quien ofreció al testigo, en contrainterrogatorio.

Código Nacional de Procedimientos Penales

Estos sencillos consejos, aunado a tu asertividad y experiencia como abogado, la buena integración de las pruebas, y el buen discurso del interrogatorio y contra interrogatorio ¡llevaran su proceso al éxito!

Deja tu comentario, si tienes otro consejo que sea útil para el litigio oral cuando se interrogan a expertos.

Con el gusto de saludarles, hasta la próxima entrada.

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